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CONSTITUCIÓN DE LA ADOPCIÓN: DECLARACIONES RELEVANTES C. A. CIVI - ARANZADI

CONSTITUCIÓN DE LA ADOPCIÓN: DECLARACIONES RELEVANTES C. A. CIVI - ARANZADI
9788484105336
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Es la adopción una de las instituciones familiares -si no la que más cuya regulación ha experimentado mayor número de reformas legislativas a lo largo de la vigencia del Código Civil, siendo la última de ellas la llevada a cabo por la LO 1/1996, de 15 de enero (RCL 1996,145), de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Digo la última porque, si bien posteriormente la Ley 18/1999, de 18 de mayo (RCL 1999, 1334), ha vuelto a modificar el artículo 9.5 CC en materia de adopción internacional, ha sido en aquélla donde el legislador, sensible a las crecientes demandas sociales y consciente de las nuevas necesidades en relación con la protección de los menores, ha abordado el tratamiento de la adopción en su conjunto y, dando nueva redacción a varios de los preceptos relativos a la misma -además de al desamparo y al acogimiento-, ha pretendido colmar las lagunas y resolver los problemas a los que la anterior Ley de Adopción de 1987 ya no daba, o nunca dio, una solución satisfactoria. Tampoco puede olvidarse que recientemente ha sido publicada la Ley 1/2000, de 7 de enero (RCL 2000, 34), de Enjuiciamiento Civil. Aunque formalmente deja a salvo los artículos del Código Civil referentes a la adopción, y también mantiene provisionalmente la vigencia del Libro III de la anterior LECiv -Libro dedicado a la jurisdicción voluntaria, que es el cauce propio de los expedientes de adopción-, aparte de que, por vía de ciertas remisiones y excepciones que contiene su disposición derogatoria, afecta directamente a algunos aspectos procesales de la figura, incluye en su artículo 781 una nueva regulación del procedimiento para determinar la necesidad de asentimiento en la adopción. En cualquier caso, hay que advertir que la entrada en vigor de la nueva LECiv, tal como dispone su disposición final vigésimo primera, no tendrá lugar hasta el ario de su publicación en el BOE. .... SUMARIO: ABREVIATURAS 15 I. INTRODUCCIÓN 17 II. EL ADOPTANDO 23 1. Presupuestos de adoptabilidad. La primacía del interés del menor y el principio de subsidiariedad de la adop- ción como medida de protección 23 2. La adopción de mayores de edad 34 A) Ámbito subjetivo de aplicación del artículo 175.2, punto 2 CC 35 B) Requisitos objetivos 38 a) La situación no interrumpida de acogimiento o convivencia 39 b) El inicio de esa situación antes de los catorce arios de edad del adoptando 41 III. EL ADOPTANTE 45 I. Circunstancias personales 45 2. La adopción conjunta 49 3. La idoneidad del adoptante para el ejercicio de la pa- tria potestad 59 A) La declaración administrativa de idoneidad del adoptante y la valoración judicial de esa idonei- dad 59 B) Supuestos de presunción de idoneidad. En parti- cular, la adopción del hijo del consorte (art. 176.2.2 CC): la subsistencia excepcional de vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior (art. 178.2) 74 IV. DECLARACIONES DE VOLUNTAD EN EL PROCE- DIMIENTO DE ADOPCIÓN 93 1. Tipos de intervención en el expediente de adopción 93 2. Consentimientos 97 A) Naturaleza y eficacia del consentimiento a la adopción 97 B) El consentimiento del adoptando 102 C) El consentimiento del adoptante. Su especial rele- vancia en la adopción post mortem 105 3. Asentimientos 112 A) Concepto y naturaleza del asentimiento. La impo- sibilidad de prestarlo y la extinción de la adop- ción 112 B) El asentimiento del cónyuge del adoptante 128 C) El asentimiento de los padres biológicos del adop- tando 130 a) Momento de prestación del asentimiento por la madre 131 b) Oposición de los padres a su citación para mera audiencia, reclamando la necesidad de su asentimiento. Valoración judicial sobre el tipo de intervención de los padres en el expediente de adopción: estado de la cuestión tras la LO de Protección Jurídica del Menor y a la vista de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 134 D) Disentimiento u oposición a la adopción de quie- nes deben asentir 150 a) Planteamiento del tema 150 b) La pretendida irrelevancia del disentimiento en la validez de la adopción 153 c) El carácter vinculante de la oposición a la adopción por quienes deben asentir 156 4. Audiencias 164 A) Concepto y eficacia del derecho de audiencia 164 B) El derecho a ser oídos de los padres incursos en causa legal de privación de la patria potestad so- bre el adoptando 167 C) El derecho a ser oído del adoptando 176 D) La audiencia de sujetos distintos de los que enu- mera el artículo 177.3 CC 180 V. EPÍLOGO 183 BIBLIOGRAFÍA 185 ANEXO I: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 197 1. Sentencia de 26 septiembre 1990 199 2. Sentencia de 18 octubre 1993 201 3. Sentencia de 16 junio 1997 206 ANEXO II: TRIBUNAL SUPREMO 213 1. Sentencia de 18 marzo 1987 215 2. Sentencia de 20 abril 1987 219 3. Sentencia de 19 febrero 1988 223 4. Sentencia de 12 noviembre 1988 225 5. Sentencia de 2 marzo 1989 227 6. Sentencia de 18 junio 1998 228 7. Sentencia de 21 septiembre 1999 230 ANEXO III: AUDIENCIAS PROVINCIALES 237 1. AP Zaragoza de 30 mayo 1992 239 2. AP Navarra de 22 junio 1992 241 3. AP Teruel de 15 abril 1993 244 4. AP Huesca de 11 octubre 1993 246 5. AP Asturias de 24 enero 1994 247 6. AP Huesca de 13 octubre 1994 249 7. AP Sevilla de 27 enero 1995 250 8. AP Teruel de 28 junio 1995 252 9. AP Alicante de 2 noviembre 1995 254 10. AP Ciudad Real de 29 febrero 1996 255 11. AP Albacete de 8 mayo 1996 256 12. AP Zaragoza de 20 mayo 1996 257 13. AP Sevilla de 13 febrero 1997 259 14. AP Barcelona de 28 febrero 1997 260 15. AP Cuenca de 18 septiembre 1997 263 16. AP Jaén de 22 enero 1998 266 17. AP Córdoba de 1 abril 1998 267 18. AP Zamora de 8 junio 1998 269 19. AP Alicante de 7 octubre 1998 270 20. AP Madrid de 16 octubre 1998 272 21. AP Las Palmas de 3 febrero 1999 274 22. AP Asturias de 17 abril 1999 278 23. AP Lugo de 16 junio 1999 280 24. AP Navarra de 25 junio 1999 282 25. AP Madrid de 13 julio 1999 284 26. AP Madrid de 23 septiembre 1999 286 27. AP Murcia de 24 enero 2000 288 28. AP Navarra de 9 marzo 1992 290 29. AP Sevilla de 30 junio 1992 292 30. AP Zaragoza de 12 enero 1993 294 31. AP Granada de 18 enero 1994 295 32. AP Sevilla de 12 mayo 1994 296 33. AP Guipúzcoa de 24 octubre 1994 298 34. AP Badajoz de 4 julio 1996 299 35. AP Cantabria de 29 julio 1996 301 36. AP Barcelona de 16 septiembre 1996 302 37. AP Huesca de 9 julio 1997 303 38. AP Castellón de 29 julio 1997 305 39. AP Madrid de 13 enero 1998 308 40. AP Barcelona de 9 febrero 1998 310 41. AP Madrid de 4 mayo 1998 313 42. AP Madrid de 26 junio 1998 315 43. AP Valencia de 2 julio 1998 317 44. AP Valencia de 16 julio 1998 318 45. AP Valencia de 16 julio 1998 319 46. AP Guipúzcoa de 13 noviembre 1998 320 47. AP Barcelona de 11 marzo 1999 324 48. AP Barcelona de 16 marzo 1999 325 49. AP Guipúzcoa de 14 mayo 1999 327 ANEXO IV: DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS Y DEL NOTARIADO 331 1. Res. de 28 septiembre 1995 333 2. Res. de 12 diciembre 1995 334 3. Res. de 1 abril 1996 335 4. Res. de 4 octubre 1996 337 5. Res. de 25 octubre 1996 338 6. Res. de 29 noviembre 1996 339 7. Res. de 23 febrero 1999 341 8. Res. de 23 febrero 1999 343 9. Res. de 1 junio 1999 345