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TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO - TECNOS

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO - TECNOS
9788430957699
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Esta edición ofrece el texto completo y actualizado del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril. Se transcribe con la inclusión de las 26 tandas de modificaciones sufridas hasta el momento, desde su corrección de errores de 18 de julio de 1987 hasta las últimas, generadas por la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012; por el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social, y por la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. Como Apéndice se incorpora una selección del articulado de dicha Ley 17/2012, de 27 de diciembre, así como una relación de las normas complementarias y de desarrollo del texto refundido. La edición se presenta con un amplio aparato de notas de actualización, concordancia y referencia, con la reproducción actualizada de todos los artículos que se citan de otras disposiciones. Todo ello se completa con unos índices sistemático y analítico de materias que facilitan la consulta de los textos incluidos. SUMARIO: REAL DECRETO LEGISLATIVO 670/1987, DE 30 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LEY DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO. Art. único. Título preliminar. Normas generales. Art. 1.º Régimen de clases pasivas del Estado. Art. 2.º Ámbito personal de cobertura. Art. 3.º Legislación reguladora. Art. 4.º Gestión unitaria del Régimen de Clases Pasivas del Estado. Título I. Derechos pasivos del personal comprendido en el número 1 del artículo 3.º de este texto. Subtítulo I. Disposiciones generales. Capítulo I. Derechos pasivos. Art. 5.º Legalidad en la materia. Art. 6.º Naturaleza. Art. 7.º Ejercicio. Art. 8.º Sucesión en el ejercicio. Art. 9.º Derecho de opción por razón de incompatibilidad. Art. 10. Derechos pasivos del personal separado del servicio o sancionado con pérdida de empleo. Capítulo II. Competencia y procedimiento en materia de Clases Pasivas del Estado. Art. 11. Competencia para el reconocimiento de derechos pasivos y la concesión de las prestaciones de clases pasivas del Estado. Art. 12. Competencia para el pago de las prestaciones de Clases Pasivas del Estado. Art. 13. Competencia para el reconocimiento de servicios. Art. 14. Revisión de actos administrativos por vía de recurso. Art. 15. Revisión de oficio de actos administrativos en materia de clases pasivas. Art. 16. Reintegro al tesoro público de las cantidades indebidamente percibidas. Art. 17. Interdicción de declaraciones preventivas. Subtítulo II. Prestaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado en favor del personal comprendido en el artículo 3.º1 de este texto. Capítulo I. Disposiciones generales. Art. 18. Prestaciones de clases pasivas. Art. 19. Clases de pensiones. Art. 20. Devengo de las pensiones. Art. 21. Embargo de las pensiones y suspensión de su pago. Art. 22. Percepciones anejas a las pensiones de clases pasivas. Art. 23. Cuota de derechos pasivos. Art. 24. Reglas sobre nacionalidad. Art. 25. Incompatibilidad interna de pensiones. Art. 26. Principio de no duplicidad de cobertura. Art. 27. Revalorización de pensiones, complementos económicos y limitaciones en el crecimiento de las mismas. Capítulo II. Pensiones ordinarias de jubilación y retiro en favor del personal mencionado en la letra a) del número 1 del artículo 3.º de este texto. Art. 28. Hecho causante de las pensiones. Art. 29. Período de carencia. Art. 30. Haberes reguladores. Art. 31. Cálculo de pensiones. Art. 32. Servicios efectivos al Estado. Art. 33. Incompatibilidades. Capítulo III. Pensiones ordinarias en favor de los familiares del personal mencionado en la letra a) del número 1 del artículo 3.º de este texto. Sección 1.ª Disposiciones generales. Art. 34. Hecho causante de las pensiones. Art. 35. No exigencia de período de carencia. Art. 36. Igualdad jurídica. Art. 37. Concurrencia con derechohabientes desconocidos o sobrevenidos. Sección 2.ª Pensiones de viudedad. Art. 38. Condiciones del derecho a la pensión. Art. 39. Cálculo de la misma. Art. 40. Incompatibilidades. Sección 3.ª Pensiones de orfandad. Art. 41. Condiciones de derecho a la pensión. Art. 42. Cálculo de la misma. Art. 43. Incompatibilidades. Sección 4.ª Pensiones en favor de los padres. Art. 44. Condiciones del derecho a la pensión. Art. 45. Cálculo de la misma. Art. 46. Incompatibilidades. Capítulo IV. Pensiones extraordinarias en favor del personal comprendido en la letra a) del número 1 del artículo 3.º de este texto. Art. 47. Pensiones extraordinarias y hecho causante de las mismas. Art. 48. Condiciones para el disfrute de las pensiones extraordinarias. Art. 49. Cuantía de las pensiones y cálculo de las mismas. Art. 50. Régimen de las pensiones extraordinarias. Capítulo V. Pensiones causadas por personal mencionado en la letra c) del número 1 del artículo 3.º. Art. 51. Régimen jurídico. Capítulo VI. Pensiones causadas por el personal mencionado en las letras d) y f) del número 1 del artículo 3.º de este texto. Art. 52. Régimen jurídico. Art. 52 bis. Régimen jurídico. Capítulo VII. Pensiones causadas por el personal mencionado en las letras b) y e) del número 1 del artículo 3.º de este texto. Art. 53. Régimen jurídico. Título II. Derechos pasivos del personal comprendido en el número 2 del artículo 3.º de este texto. Art. 54. Modificaciones en la legislación aplicable al personal comprendido en el número 2 del artículo 3.º de este texto. Art. 55. Revalorización, complementos y limitación del crecimiento de pensiones. Art. 56. Nacionalidad. Art. 57. Incompatibilidad con el desempeño de un puesto de trabajo en el sector público. Art. 58. Incompatibilidad con haberes por trabajo activo. Art. 59. Extinción de pensiones. Art. 60. No duplicidad de cobertura. Art. 61. Igualdad jurídica. Art. 62. Pagas extraordinarias. Art. 63. Suspensión de las prestaciones. Art. 64. Competencias. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposiciones derogatorias. Disposiciones finales. Normas complementarias y de desarrollo. ÍNDICE ANALÍTICO.